Justicia a la Justicia

El 4 de abril del año pasado al juez penal de Paysandú, Gerardo Azarola, se le terminó la carrera judicial. El magistrado había sido denunciado por una expareja por presuntas situaciones de acoso en las que abusó de su condición de juez. Luego de haber estado varios meses separado de su cargo mientras se ponía en marcha una investigación administrativa, los ministros de la Suprema Corte de Justicia (SCJ) resolvieron por unanimidad aplicarle la máxima sanción: la destitución.
«No reguló las alternativas de su vida privada en el marco de las pautas éticas, incurriendo en una conducta moralmente irregular, afectando su decoro como juez y comprometiendo la imagen del Poder Judicial», indicaron los ministros en la sanción, en la que aclaran que las dos faltas gravísimas cometidas fueron acoso y abuso de autoridad. Si bien Azarola fue el único juez destituido en 2016, no solo a él se le aplicaron sanciones. A lo largo del año pasado, la SCJ sancionó a ocho magistrados, le inició investigaciones administrativas a seis y dispuso cinco procedimientos disciplinarios, según un informe elaborado en la Corte al que accedió El Observador.
El documento indica que entre 2012 y abril de 2017 se iniciaron 44 investigaciones administrativas y 37 procedimientos disciplinarios. A su vez, se aplicaron 25 sanciones, de las cuales ocho fueron destituciones. Solo en 2012, por ejemplo, cuatro jueces fueron destituidos.
Además de haber despedido al juez Azarola por acoso y abuso de funciones, la SCJ aplicó esa sanción en los últimos cinco años por «reiteradas faltas administrativas graves», como dictar sentencias fuera del plazo legal, por «reiteradas omisiones que perjudicaron el interés público», por «irregularidades en su conducta moral» y por «negligencia». Uno de los magistrados destituidos en 2012 había sido procesado con prisión por una causa de corrupción.
11 procedimientos disciplinarios de los 37 aplicados entre 2012 y 2017 corresponden al año 2015.
En su caso, los ministros de la SCJ de ese entonces se ampararon en el artículo 109 de la ley Orgánica de la Judicatura y de la Organización de los Tribunales, que establece que «los jueces son responsables ante la ley de toda agresión contra los derechos de las personas, así como por separarse del orden de proceder que en ella se establezca». También se basaron en el artículo 21 de la ley sobre corrupción que indica que «los funcionarios públicos observarán los principios de respeto, imparcialidad, rectitud e idoneidad y evitarán toda conducta que importe un abuso, exceso o desviación de poder (…)» y agrega que ir en contra de ese principio puede derivar en una acción «administrativa, civil o penal».
Dentro de las sanciones aplicadas, la SCJ dispuso desde 2012 a 2016 que ocho jueces perdieran el derecho a ascender durante uno, dos y hasta tres años. En esos casos, las faltas cometidas fueron, entre otras, abuso de autoridad, atraso en dictado de sentencias y formas de proceder con «potencial descrédito para la administración de Justicia». También hubo cinco «descensos a la categoría inmediata inferior», que implica que, por ejemplo, un juez letrado del interior vuelva a ser juez de Paz.
Además, la SCJ dispuso seis amonestaciones y tres suspensiones del ejercicio del cargo sin goce de sueldo en lapsos de entre 15 días a seis meses. El magistrado suspendido medio año fue sancionado en marzo de 2016 por haber «celebrado matrimonios fuera de su jurisdicción sin autorización de la Dirección de Registro de Estado Civil».
502 jueces es el total de magistrados en Uruguay, según los últimos datos del Poder Judicial correspondientes a finales de 2015. De ellos, cinco son los ministros de la Suprema Corte de Justicia; hay 111 jueces letrados en Montevideo y 117 en el interior.
En todas las sanciones aplicadas, hubo un solo caso, en 2012, de un juez al que se le llamó la atención personalmente por infringir un artículo del Reglamento General de Oficinas Judiciales que indica que se debe «tener un concepto claro y definido de las responsabilidad funcional (…) y los deberes de respeto».
La ley que regula la judicatura indica que un juez cesa en sus funciones por no estar moral o físicamente habilitado para continuar en el cargo, por haber sido condenado en el pasado o por un delito que «por su naturaleza sea incompatible con la dignidad y decoro de su función», por procedimientos disciplinarios que lo ameriten, «por entrar a ejercer un cargo declarado incompatible con el ejercicio de la magistratura», por jubilación o renuncia.
A su vez, las funciones se le suspenden si es procesado o por una sentencia judicial que así lo disponga «como medida preventiva o sancionatoria en un procedimiento disciplinario» .
Sea cual sea el motivo de la destitución o suspensión, los únicos con la potestad de resolver la suerte de un juez son los ministros de la SCJ, por mayoría.

¿Y en 2017?

En lo que va de este año, se iniciaron dos investigaciones administrativas. Una de ellas fue a la jueza especializada de Familia de octavo turno, Alicia Vega, luego de que resolviera que los hijos de Valeria Sosa –asesinada por su expareja frente a los niños– fueran a vivir con sus abuelos paternos.
En ese caso, la Corte resolvió archivar la investigación por considerar que la forma en la que actuó la magistrada no revelaba «la existencia de omisiones o errores inexcusables que pudieran encuadrar en alguna de las hipótesis de faltas administrativas», según indica la resolución de los ministros, publicada en la web del Poder Judicial.
La decisión fue aprobada por cuatro de los cinco ministros. El ministro Ricardo Pérez Manrique se manifestó en contra y consideró que se debía iniciar «un proceso disciplinario para determinar eventual responsabilidad administrativa por la presunta comisión de falta grave o error inexcusable».
Desde enero hasta abril de 2017 no se han aplicado sanciones, según la información a la que accedió El Observador. Los nombres de los jueces no se divulgan en el informe del Poder Judicial, ni siquiera los de aquellos casos que se hicieron públicos, como Vega o el juez Azarola.

Dos juezas de Treinta y Tres fueron amonestadas

La Suprema Corte de Justicia (SCJ) inició en octubre de 2015 una investigación administrativa a dos juezas de Treinta y Tres a raíz de una denuncia por presunto abuso de poder presentada por el Colegio de Abogados y un particular. Según surge del informe al que tuvo acceso El Observador, en julio de 2016 ambas magistradas –una juez letrada Penal y la otra de Paz– fueron amonestadas. En el caso de la jueza de Paz, la Corte consideró que «las desafortunadas intervenciones de la sumariada crearon una imagen negativa para la administración de Justicia, lesionando su prestigio».
La amonestación de la jueza Penal estuvo justificada por «omisiones en su proceder que pueden ser percibidas como vulneratorias de los principios de imparcialidad e igualdad de las partes en el proceso y provocar en consecuencia descrédito para la administración de Justicia».
La SCJ había pedido en un primer momento que la investigación administrativa se llevara adelante sin separación del cargo, pero luego les solicitó que tomaran licencia por unos días. La denuncia contra las juezas había sido promovida por el Colegio de Abogados a instancias de la filial de Treinta y Tres.
Otra denuncia por irregularidades contra las magistradas fue presentada por un comerciante de Treinta y Tres. El escrito del Colegio de Abogados señalaba entonces que había «personas indagadas, procesadas y privadas de libertad como consecuencia de procesos arbitrarios y no garantistas». La fiscal penal de Treinta y Tres también había sido investigada por ese caso. En su caso, el fiscal de Corte, Jorge Díaz, ordenó que se iniciara un sumario administrativo con separación del cargo.
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