La Intendencia Departamental resolvió autorizar únicamente a las personas registradas y autorizadas por la Dirección de Cultura, a efectos de que personas “no habilitadas” invadan con ventas callejeras la zona por donde desfilarán las agrupaciones carnavalescas.
La autorización fue comunicada en una resolución oficial en la que se sostiene que dichos vendedores estarán debidamente identificados y que establece como zona exclusiva la comprendida por las calles Manuel Oribe, Manuel Meléndez, Manuel Freire e Ituzaingó.
La resolución establece además que “las personas que no cumplan con lo dispuesto serán retiradas del lugar mediante el auxilio de la fuerza pública”.
La autorización otorgada a los vendedores ambulantes registrados por la Dirección de Cultura comprende la venta de bebidas, comidas, máscaras, y demás, a excepción de espuma de espuma en aerosol, cuyo uso quedó debidamente prohibido durante los desfiles de carnaval.