Se extiende el plazo hasta el martes 2 de mayo para que los titulares de servicios personales presenten la declaración jurada anual Fonasa.
Se prorroga el vencimiento correspondiente al ejercicio 2022 hasta el martes 2 de mayo y se recuerda que la gestión se realiza únicamente a través de los servicios en línea del BPS: Servicios Personales declaración jurada anual Fonasa.
Están comprendidos en esta obligación los trabajadores no dependientes: profesionales (afiliados a la Caja de Jubilaciones y Pensiones de Profesionales Universitarios), escribanos (pertenecientes a la Caja Notarial de Seguridad Social) y titulares de servicios personales no profesionales (afiliados al Banco de Previsión Social).
En caso de necesitar asesoramiento, están disponibles las siguientes vías de consulta:
- Asistente en línea, en el servicio Servicios Personales: Declaración Jurada anual Fonasa.
- Teléfono: 0800 2001, opción 0. Aquí los titulares que tengan su código PIN también pueden realizar consultas específicas sobre su situación particular.
- Correo electrónico: mediante el servicio Consúltenos, tema Empresarios, motivo Servicios Personales.
- Presencialmente: en Montevideo: Sarandí 570 (planta baja) y Colonia 1921 (planta baja). En el Interior: en sucursales y agencias de todo el país, sin agenda previa.
Más información en: Declaración jurada anual.