La organización desarticulada abastecía carnicerías y comercios de Montevideo y San José, con carne que extraían de la faena de animales que por alguna accidente o enfermedad veían reducida su movilidad o morían.
Las actuaciones fueron detalladas por Jefatura de Policía en los siguientes términos:
«En el día de ayer jueves 04 de noviembre, en circunstancias que personal de Dirección de Investigaciones y la Brigada Dptal. Antidrogas, efectuaban un operativo de control de ruta, se instalaron en pasajes de rutas nacionales Nº11 y Nº79, procediendo a la detención de una camioneta Chevrolet Montana color roja, en la que se trasladaba en su caja una cantidad importante de carne de dudosa procedencia, con un total de 24 bultos y un peso de 481,4 kilos. Minutos más tarde se procede a la detención de otro masculino quien circulaba en una camioneta Nissan de color gris.
Por este motivo posteriormente se realizaron seis allanamientos en simultáneo en Ciudad Rodríguez, con colaboración de la Brigada Dptal. de Seguridad Rural, fincas pertenecientes a los investigados, resultando cinco personas detenidas, entre ellas una femenina y cuatro masculinos.
Culminados los mismos se procedió a la incautación de:
Una Camioneta Chevrolet Montana color roja, matriculada en Canelones, una Camioneta marca Nissan, modelo Frontier color gris, matrículada en San Josè. 24 bolsas conteniendo carne de dudosa procedencia, arrojando un peso de 481,4 kilos. En una cámara frigorífica se incautaron 165 kilos desglosados en:6 bultos con carne ovina: Peso total 145 kilos. 1 Bolsa con 5 pollos faenados: Peso 17,7. 1 bolsa con tripas: Peso 1,2 kilos, un celular Samsung color negro. 6 freezer conteniendo en su interior bolsas de nylon trasparente con carne congelada completos en su capacidad, conteniendo más de 1.700 kilos. Una escopeta marca Rossi calibre 20. Un revòlver marca Rossi color negro, calibre 32. Un rifle marca MARLIN color marrón calibre 22. Veintidós (22) cartuchos de escopetas calibre 20 marca HALCÓN. Ochenta y siete (87) cartuchos calibre 22. Varios implementos utilizados para la faena, entre ellos dos sierras, picadora de carne, 2 balanzas y cuchillos.
El total de la carne incautada tiene un peso aproximado a los 2400 kgs. Todo lo mencionado fue documentado por Personal de Policía Científica.
En el marco de la investigación se pudo establecer que, los implicados abastecían a una serie de comercios, principalmente de la capital del país, entre ellos carnicerías, así como comercios del departamento de San Josè.
Estos productos, no se encontraban bajo ningún tipo de norma sanitaria, los productos no mantenían en su traslado la cadena de frío correspondientes, la higiene de los lugares de su manufactura presentaban todo tipo de irregularidades. Los animales producto de faena, eran aquellos que por alguna enfermedad o accidente veían reducida su movilidad o morían.
Enterada la Fiscalía de 1º Turno, dispuso que los cinco detenidos fueran puestos a su disposición y trasladados a esa Sede.
Culminadas las instancias, el Juzgado Letrado de Primer Turno, por decreto 1241/21 se dispuso la formalización de la investigación respecto de: S. B. P. L., O.D.P.L., P.R.P.L. y A.C.C.A., de acuerdo a lo dispuesto por el artículo 266 del CPP por la presunta comisión de REITERADOS DELITOS DE FAENA CLANDESTINA, en el caso de la femenina S.B.P.L de 50 años en calidad de Coautora, libertad para el masculino restante.
Condenándose a: Oscar Darìo PINO LABARRERE de 47 años poseedor de antecedentes y P.R.P.L de 42 años: “como autores penalmente responsables de REITERADOS DELITOS DE FAENA CLANDESTINA a la pena de dieciséis meses de prisión”, dos de los cuales se cumplirán de manera efectiva y el resto bajo el régimen de libertad a prueba.
Se condena a S.B.P.L. de 50 años “como coautora penalmente responsable de REITERADOS DELITOS DE FAENA CLANDESTINA” a la pena de seis meses de prisión, la que será sustituida en su totalidad por un régimen de libertad a prueba.
Con respecto a A.C.C.A de 50 años, poseedor de antecedentes, con quien no se pudo llegar a una vía alternativa de solución de conflicto, se disponen medidas limitativas previstas en el art. 291 del CPP, obligación de fijar domicilio, prohibición de salir del territorio uruguayo por 180 días.
Se dispone la confiscación e incautación de la camioneta marca Chevrolet modelo Montana matriculada en Canelones y de los cinco freezer incautados a la Sra. S.B.P.L.
Procédase a la destrucción de toda la carne incautada, ya diagnosticada como no apta para consumo humano.»
SanJoséAhora