Edicto

Foto ilustrativa

EDICTO: Por disposición de la Señora Juez Letrado de Primera Instancia de Tercer Turno de Treinta y Tres, dictada en autos caratulados CAMPOS ACOSTA, Néstor Bruno, y OTRA  C/CAMPOS ACOSTA Carlos Francisco y OTROS“CESACION DE CONDOMINIO”, IUE 449-271/2006, se hace saber que el próximo Viernes 20 de Noviembre  de 2020, a las 14:00 horas en las puertas del Juzgado, ubicado en la calle Juan Antonio Lavalleja esquina Santiago Gadea  de la ciudad de Treinta y Tres, por intermedio del martillero GUSTAVO ALVAREZ ALZUGARAY, matricula 5722 RUT 100356560011, asistido del Alguacil del Juzgado se procederá al Remate Publico, SIN BASE Y AL MEJOR POSTOR EN DOLARES USA, del siguiente bien Inmueble:Fracción de Campo con las mejoras que contenga, ubicada en la décima sección del Departamento de Cerro Largo, empadronada actualmente con el número 12901 (doce mil novecientos uno), antes en mayor área padrones 6383 y 3397, antes aún padrón 885 en mayor área que según plano del Agrimensor Juan B. Vergara de noviembre de 1987 inscripto con el No. 7888, el 18.11.1987 en la Oficina Departamental de Catastro de Cerro Largo, tiene una superficie de SETENTA Y TRES HECTARIAS SIETE MIL OCHOCIENTOS OCHENTA Y UN METROS (73 hás. 7881 metros), y se deslinda así: al Norte línea quebrada formada por dos tramos rectos que miden 875,21 metros y linda con el padrón No. 1005 y 259,09 metros lindando con padrón 3397; al Sureste línea quebrada compuesta de tres tramos rectos de 366,50 metros, 142,13 metros y 94,13 metros lindando con padrón 3397; al Sur 1201,18 metros lindando con padrón 6383, al Noroeste dos tramos de rectas que miden 126,08 metros lindando con parte del padrón 4533 y 639,46 metros lindando con padrón No. 1005.

SE PREVIENE:

1) Que el mejor postor deberá consignar en carácter de seña el 50% de su oferta a cuenta del precio final, en el acto de serle aceptada la postura y en dólares usa.

2)  Serán de cargo del comprador los gastos de escrituración, honorarios certificados y la comisión del Rematador e Impuestos, o sea el 3,66% del precio del remate, y de cargo del expediente por comisión e Impuestos el 2,22% del precio del remate.

3) El mejor postor deberá depositar el saldo en un plazo de 20 días corridos contados a partir del día hábil siguiente al de la notificación del auto aprobatorio del remate, que no se interrumpirá por las ferias judiciales ni por la semana de turismo.

4) El bien se remata en las condiciones que surgen de la titulación, la documentación relativa al bien a rematarse se encuentra en la Oficina Actuaria de este Juzgado donde podrá ser examinada por los interesados.

5) Se desconoce el estado ocupacional del bien.

6) Se desconoce la situación tributaria y ocupacional del bien.

7) Deberá tener presente el mejor postor el cual deberá abonar la seña y el saldo de precio, con letra de cambio, cheque certificado o transferencia electrónica de Bancos de Plaza, atento a las disposiciones de la Ley 19210, 19478, 19732, sus modificaciones y su Decreto Reglamentario, en caso de que el monto supere la cantidad de1:000.000  deUI.

8) Y a los efectos legales se realiza una publicación en el Diario Oficial y una Publicación en el Diario Local.

 

Treinta y Tres, 08 de Octubre  de 2020.-

 

Julia Irabedra Siqueira

Actuaria Adjunta