Saltar al contenido
pagina33online - 300x300

Noticias Nacionales e Internacionales, toda la actualidad con un click

Menú principal
  • Inicio
  • Deportes
  • Opinión
  • Sociales
  • Comunicados de Prensa
  • Edictos
  • Inicio
  • 2020
  • th
  • 28
  • SE PROFUNDIZA LA ENTREGA
  • Destacado
  • Opinión
  • Política

SE PROFUNDIZA LA ENTREGA

info mayo 28, 2020 3 minutes read
0
Aníbal Terán Castromán

La Corte Electoral niega que los gobiernos departamentales y las comunidades locales tengan atribuciones para decidir sobre el paso del tren de UPM por zonas pobladas. El 31 de marzo pasado, emitió una sentencia que declaraba “improcedentes la iniciativa legislativa local presentada ante la Junta Departamental de Durazno y el referéndum local que se promueve”. Sostiene que la vía férrea no es una competencia departamental y que el derecho de iniciativa, que solo lo admite para cuestiones locales, no va acompañado de referéndums.

¿Podría ser éste reciente pronunciamiento un boomerang para demostrar la incoherencia de la LUC (Ley de Urgente Consideración) que pretende darle a las Intendencias facultades para impedir la creación o ampliación de Áreas Naturales Protegidas?

Hace pocas horas se supo que los partidos de la coalición de gobierno llegaron a un acuerdo para votar una modificación sustancial en este tema, al disponer que se “respetará las disposiciones, instrumentos y principios de ordenamiento territorial y desarrollo sostenible vigentes, en acuerdo con las autoridades departamentales competentes». Ello en resumen significa que si una Intendencia no está de acuerdo, el gobierno nacional no podrá crear o ampliar áreas naturales protegidas en ese departamento. ¿Puede un gobierno departamental tener más poder que el gobierno nacional en un tema como el cuidado del medio ambiente, declarado de interés general por la Constitución de la República?

Claramente la regulación de las áreas naturales protegidas es una facultad del gobierno nacional otorga a texto expreso en la ley 17.234, mientras que la categorización de suelos es facultad de las Intendencias según ley 18.308. ¿Qué sucede cuando no hay acuerdo entre el gobierno departamental y el nacional para la creación o ampliación de un área natural protegida? Razonablemente viene en auxilio el artículo 47 de la Constitución que otorga al cuidado del medio ambiente rango de “interés nacional”. Por tanto no sería posible otorgar competencia a las Intendencias para impedir la acción del gobierno nacional en temas ambientales.

Así fue cuando el famoso proyecto Aratirí pretendió extraer minerales en la frontera de los departamentos de Treinta y Tres, Florida y Durazno. No se admitió injerencia de los gobiernos departamentales. Seguramente se procedería de igual forma hoy si la misma u otra minera quisiera reactivar el proyecto. Resulta llamativo que el gobierno considere “urgente” poner restricciones a las áreas naturales protegidas y no, por ejemplo,  a la mega minería que causa estragos ambientales.

Habrá que pensar en cuál de los recursos legales sería el más apropiado para impugnar, si se aprueban,  los artículos de la LUC que significarían un gran triunfo de los intereses de las empresas forestales y mineras, al tiempo que una bofetada insolente al concepto de “Uruguay natural” que todavía se pretende sostener.

Mientras tanto corresponde denunciar la absoluta incoherencia de otorgarle a las Intendencias nuevas facultades para que puedan impedir que aumente el cuidado del suelo, el agua y la biodiversidad, y no para que puedan impedir el daño ambiental que causan monocultivos forestales a gran escala o el pasaje del tren de UPM por su territorio.

La entrega de nuestra riqueza se profundiza. ¡Qué pena!

Aníbal Terán Castromán

Acerca del autor

info

Administrator

Visitar el sitio web Ver todas las entradas

Navegación de entradas

Anterior: El Mototo
Siguiente: Primer positivo en Melo

Historias relacionadas

Tropa digital
  • Agro
  • Destacado

El despacho de tropa digital será obligatorio a partir del 2 de mayo

info abril 27, 2026 0
Viviendas
  • Ciudad
  • Destacado
  • Vivienda

Plan piloto en Minas procura recuperar áreas urbanas y reducir la cantidad de viviendas vacías

info abril 27, 2026 0
Asaltante - robo con cuchillo
  • Destacado
  • Policial

Un hombre lesionado por arma blanca en Rocha

info abril 27, 2026 0
InfoGuille · Ventas y servicios Santa Cruz Motos y Repuestos LYDA 4452 2913 Central de Alarmas. 0800-8909 Reparación de TV. 092187193

Seguinos en Facebook

Espacio contratado


Santa Cruz Motos y Repuestos

LYDA 4452 2913

Central de Alarmas. 0800-8909
Reparación de TV. 092187193

InfoGuille · Ventas y servicios




Te pueden interesar

Tropa digital
  • Agro
  • Destacado

El despacho de tropa digital será obligatorio a partir del 2 de mayo

info abril 27, 2026 0
Viviendas
  • Ciudad
  • Destacado
  • Vivienda

Plan piloto en Minas procura recuperar áreas urbanas y reducir la cantidad de viviendas vacías

info abril 27, 2026 0
Asaltante - robo con cuchillo
  • Destacado
  • Policial

Un hombre lesionado por arma blanca en Rocha

info abril 27, 2026 0
Esposado, policía
  • Destacado
  • Policial

Un hombre detenido con una bolsa con sustancia vegetal en Chuy

info abril 27, 2026 0

Contacto

    Nombre (requerido)

    Correo electrónico (requerido)

    Asunto

    Mensaje

    LYDA
    LYDA - 44522913
    Copyright © Todos los derechos reservados. | MoreNews por AF themes.