Conflicto de intereses

Los artículos 500 y 501 de la Ley de Urgente Consideración, agregados en el último borrador del Gobierno, crearon una controversia con la oposición, parte del propio oficialismo, académicos y organizaciones ambientales, que entienden que marcan un retroceso en la creación de áreas protegidas.

Estos artículos modifican la forma en que se crean nuevas áreas protegidas en el Uruguay, estableciendo como condición que los propietarios de las tierras ubicadas dentro de las áreas de interés brinden su consentimiento expreso. La crítica se fundamentaba en que la inclusión de nuevas áreas pasa a depender de la voluntad de particulares, primando el interés individual sobre el interés general. Además, con estas modificaciones la ley que regula las áreas vuelve a la legislación anterior a 2005, bajo la cual no ingresaron nuevos predios al sistema.

Tras la discusión interna que tuvo la coalición, se decidió sustituir los artículos polémicos por otros, que sin embargo no acallaron las críticas de la oposición y organizaciones.

Se sustituyó el polémico consentimiento del propietario de las tierras, pero si se quiere ampliar o incluir una nueva área protegida ahora se dependerá de la voluntad de las autoridades departamentales en las que se encuentre ese territorio. El artículo 500 indica que «la aplicación del régimen jurídico del Sistema Nacional de Áreas Naturales Protegidas (…) respetará las disposiciones, instrumentos y principios de ordenamiento territorial y desarrollo sostenible vigentes, en acuerdo con las autoridades departamentales competentes».

Tanto el senador colorado Adrián Peña como el diputado independiente Iván Posada elogiaron en charla con la diaria las modificaciones realizadas, adelantando su visto bueno como miembros de la coalición. Para Peña, la nueva redacción es «garantista» porque incluye a las intendencias y juntas departamentales en la decisión, mientras que Posada coincidió en la normativa propuesta es mejor que la legislación actual y representa una «mejora sustancial».

Sin embargo, la sustitución no conformó a los principales críticos de las modificaciones propuestas. El exdirector de la Dinama, Alejandro Nario, dijo a Montevideo Portal que los cambios no mejoran demasiado la situación, porque ahora «se supedita una política nacional al consentimiento de los gobiernos departamentales».

«No parece muy lógico que una política nacional de interés general quede atada a las autoridades de un espacio del país o en el mejor de los casos de sus pobladores. Si preservar algunos ecosistemas es importante por su vínculo a nivel general, no es bueno que eso se decida a nivel local», razonó.

Agregó que «no pasa con ninguna política nacional que quede supeditada a la voluntad departamental». «Nos llama la atención que pase solo con el medioambiente» opinó.

Para Nario, «hay cuestiones que solo se pueden ver desde un enfoque nacional». «Obvio que hay que trabajar con los gobiernos departamentales, son clave, pero no puede quedar subordinado al ordenamiento territorial departamental».

Puso como ejemplo lo que podría ocurrir cuando haya un padrón que según el ordenamiento territorial de un departamento se considere industrial o que pueda tener algunas producciones, y se quiera limitarlas para proteger el ecosistema. «¿Voy a tener que esperar que cambie ese instrumento departamental para poder hacerlo?», se preguntó.

Nario recordó además que ya ha pasado que las intendencias estén alineadas con empresarios o propietarios de terrenos privados que no quieren que sus tierras ingresen al Sistema de Áreas Protegidas. Un ejemplo fue el de Treinta y Tres y la Quebrada de los Cuervos, donde hubo mucha resistencia de las autoridades y propietarios. «Ha sucedido que el gobierno departamental no tiene una concepción nacional del rol de los ecosistemas y se generan oposiciones. No hubiera existido ampliación de la Quebrada de los Cuervos con esta reglamentación», dijo.

Al Fondo que hay lugar

«Lo que yo me pregunto es qué fundamenta estos artículos, cuál es la lógica de que haya artículos que sigan limitando el desarrollo de las áreas protegidas. Estos artículos no son para mejorar la articulación de la conservación. Siguen siendo artículos para limitar, algunos mejores y otros peores. ¿Pero por qué los ponemos? ¿Qué intereses se tocaron que hacen que se siga queriendo limitar el desarrollo de las áreas? ¿Es el marco adecuado una LUC para discutir cómo debería ser la política de conservación de biodiversidad y áreas protegidas? Me parece que no, y menos respondiendo a este tipo de intereses», consideró.

El artículo 501 también promueve «la creación de un Fondo para cada Área Protegida, destinado a inversiones en la zona, con los recursos que vierta el presupuesto nacional y los presupuestos departamentales respectivos».

Nario cree que si bien este artículo es menos importante que el otro, «no se entiende el objetivo del Fondo». «Se crea un Fondo para obras departamentales en áreas protegidas. Hoy ya existe un fondo de áreas protegidas. Si se van a brindar recursos debería ser para la gestión en el área y no obras. A veces la inversión debe ser en trabajo científico o contratación de guardaparques, por ejemplo. Dejar un fondo para infraestructura suena raro, parece más bien un fondo para promover el turismo en áreas protegidas, que mal gestionado puede ser un problema», advirtió Nario.

El biólogo y guardaparques Ramiro Pereira, exdirector del área protegida Valle del Lunarejo, también criticó este último artículo. «Ya existe un fondo y no funciona porque no se le ha dado viabilidad», dijo a Montevideo Portal. «¿Van a generar 17 fondos más para que tampoco funcionen?», dijo, en referencia a las 17 áreas protegidas.

«Hay que ver cómo se maneja un fondo departamental para un área que abarca tres departamentos como humedales. O lo que pasa en zonas como Garzón. ¿Quién maneja los fondos del área, Maldonado o Rocha?», se preguntó.

Montevideo