COMUNICADO DE LA ANV

CUOTAS DE LA ANV DE ABRIL Y MAYO

10 % de bonificación por pago en fecha. El no pago no generará multas ni recargos.

En el marco de la emergencia sanitaria, la Agencia Nacional de Vivienda (ANV) aprobó una serie de medidas para ayudar a las familias que se vean afectadas económicamente por esta situación.

En atención a algunas dudas generadas en la población, se aclara lo siguiente:

  • Quienes puedan pagar en fecha obtendrán una bonificación adicional del 10 %.
  • El no pago de las cuotas correspondientes a abril y mayo no generará multas ni recargos.
  • Cuando finalice la emergencia sanitaria, la ANV citará a las familias que tengan cuotas pendientes por la emergencia y se intentará buscar soluciones de acuerdo a cada situación.

En el marco de la emergencia sanitaria declarada por el Poder Ejecutivo y en consecuencia con las medidas adoptadas para hacer frente al aspecto económico que conlleva la situación, la Agencia Nacional de Vivienda (ANV) en acuerdo con el Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente (MVOTMA) y el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) impulsarán una serie de medidas para atender a todas las familias y cooperativistas que acceden a una solución habitacional a través de estas instituciones.

En este sentido, se decidió implementar una serie de soluciones que se detallan a continuación:

Familias

  • Las cuotas correspondientes a los meses de abril y mayo estarán disponibles en las redes de cobranza y el no pago de las mismas no generará multas ni recargos por 60 días.
  • Quienes abonen la cuota en fecha recibirán una bonificación del 10 % adicional a la que ya se otorga, así como también aquellos que hagan el pago a través de la modalidad de retención del sueldo.
  • Todos los acuerdos o convenios de pago que tengan vencimiento al 29 de febrero de 2020 se extenderán por 60 días.
  • La aceptación de estas condiciones no generará el ingreso al Clearing de Informes.
  • Se prorrogarán los subsidios de todas las carteras del MVOTMA que venzan el 30 de marzo de 2020, por 60 días.
  • Se suspenden los remates extrajudiciales y la entrega y toma de posesión de bienes, hasta que la institución retome su actividad normal.

Cooperativas de vivienda

  • Se suspende el incremento de intereses de obra a partir del 1° de abril de 2020 y por 60 días. Esta resolución puede prorrogarse por 30 días más en caso de ser necesario.
  • Las cooperativas que tengan su certificado de regularidad vencido e ingresada la renovación en el MVOTMA antes del 13 de marzo de 2020, podrán tramitar nuevas solicitudes, modificación o renovación de subsidios con nota firmada por la comisión directiva y la familia por 60 días a partir de la fecha. La Asamblea deberá ratificarlo dentro de los 30 días de levantada la emergencia sanitaria, de no hacerlo, el subsidio provisorio quedará sin efecto, comunicándose al MVOTMA.
  • Se autorizará el ingreso de solicitudes de modificaciones de subsidio, aun cuando éstos hayan sido otorgados hace menos de tres meses si alguno de los integrantes del núcleo familiar es despedido o ingresa a seguro de desempleo en cualquiera de sus modalidades con posterioridad al 13 de marzo de 2020. Una vez finalizada la emergencia sanitaria, el beneficiario del subsidio dispondrá de noventa días para acreditar la situación económica del núcleo familiar a los efectos de evaluar la vigencia en la modificación del beneficio.

Las consultas podrán ser enviadas a través de nuestro formulario de contacto o vía correo electrónico a [email protected]

 

La totalidad de las medidas aprobadas se encuentran disponibles haciendo clic aquí