Se actualizó normativa de regulación del funcionamiento del sector avícola

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El decreto que regula desde este mes el sector avícola incluye capítulos referidos al registro y habilitación de establecimientos de producción y de faena de aves y acopio de huevos, a la documentación del stock vivo y a la identificación de faenados. A su vez, el texto faculta a la Dirección General de Servicios Ganaderos a decomisar, sacrificar o destruir productos por razones sanitarias o incumplimiento de bienestar animal. (Ver resolución)

La norma, rubricada el 23 de este mes por el presidente, Tabaré Vázquez, y los ministros Enzo Benech, de Ganadería, Agricultura y Pesca, y Jorge Basso, de Salud Pública, fue creada para fortalecer la avicultura nacional mediante políticas referentes a la salud y el bienestar animal, así como a la inocuidad alimentaria, a fin de potenciar la competitividad y alcanzar mercados internacionales de alta exigencia. También determina la conveniencia de certificar los procesos de producción de la materia prima, para garantizar la inocuidad alimentaria en el producto final.

A su vez, adecúa la normativa relativa al control y la supervisión de las condiciones de producción, comercialización e industrialización de aves y huevos, a los efectos de minimizar el riesgo sanitario en todos los procesos de la cadena alimentaria. Asimismo, fomenta la incorporación de tecnologías de la información, a través del Sistema Nacional de Información Ganadera.

Finalmente, establece que la Dirección General de Servicios Ganaderos planifique, conduzca, regule y ejecute programas sanitarios de prevención, vigilancia, control y erradicación de enfermedades aviares, por razones sanitarias, ambientales o exigencia de mercados internacionales. También faculta a disponer, por resolución fundada, decomisos, sacrificio sanitario mediante faena o destrucción total de aves, por razones sanitarias o por incumplimiento de normas de bienestar animal.

MGAP