
A partir de mayo, comenzará a pagarse la asignación familiar prevista en la Ley n.° 20.365, destinada a familias con embarazos y nacimientos múltiples. Por primera vez, esta normativa incluye a quienes tienen mellizos o gemelos.
La nueva ley modifica la n.° 17.474, vigente desde mayo de 2002, que contemplaba este beneficio únicamente para familias con nacimientos de trillizos o más.
Las personas beneficiarias recibirán una asignación familiar (AFAM) equivalente a la establecida por la Ley n.° 17.474 y el pago podrá ser retroactivo al inicio de vigencia de la nueva ley, el 1º de agosto de 2024, dependiendo de la fecha en que fue solicitado.
No es necesario tener una actividad laboral para acceder a este derecho y, en el caso de contar con ingresos, el tope máximo es de $ 121.693 mensuales a enero de 2025.
En cuanto al monto, se otorgará una asignación triple para beneficiarios en gestación y hasta los 5 años de edad, doble entre los 6 y los 12 años, y común hasta los 18 años.
El nuevo sistema entra en funcionamiento en abril y el primer pago para los mellizos y gemelos se realizará en mayo. En el caso de trillizos y cuatrillizos, ya vienen cobrando normalmente.
Todos los nacimientos múltiples que actualmente perciban una partida económica por AFAM-PE o por la Ley n.° 15.084 recibirán el monto que les resulte más beneficioso.
La población estimada de beneficiarios es de 5.566 pares de gemelos o mellizos, 75 trillizos y 2 cuatrillizos. Quienes ya lo solicitaron no deberán hacer ninguna gestión adicional en el BPS y serán informados a través de su correo electrónico si es más beneficiosa que la asignación familiar que perciben actualmente. En ese caso se les comunicará al respecto y se les pagará por la nueva ley.
Embarazos y nacimientos múltiples
Es una prestación bimestral en dinero que otorga BPS a mujeres que cursan un embarazo múltiple o a familias que tengan a su cargo dos o más hijos producto de un nacimiento múltiple.
Beneficiarios
Todas aquellas mujeres a las cuales se les constate fehacientemente un embarazo múltiple (dos hijos o más) tendrán derecho al cobro de una asignación prenatal a partir del momento en que se determine el embarazo.
Todas aquellas personas que tengan a su cargo hijos o menores, producto de un nacimiento múltiple, tienen derecho a la prestación a partir de la fecha de la solicitud, independientemente de la existencia de una relación laboral formal de los padres o tutores.
Derecho a percibir
Para beneficiarios en gestación, el triple del que les correspondería según el régimen general de asignaciones familiares (Ley 15.084).
Para beneficiarios ya nacidos, el triple hasta los 5 años, el doble entre los 6 y los 12 años, y común hasta los 18 años, también de acuerdo al régimen general de asignaciones familiares (Ley 15.084).
Monto a percibir
Tope de ingresos familiares | Monto a percibir (por mes por beneficiario) |
---|---|
Hasta $ 48.670 | $ 1.291 |
Hasta $ 121.693 | $ 645 |
Vigencia: 1/2025
Según la edad de los beneficiarios ya nacidos, corresponderá el triple, doble o simple de estos montos.
Atención médica
Tendrán derecho a recibir atención médica rutinaria domiciliaria desde su nacimiento hasta los 3 años de edad, a través de la cobertura de instituciones de Salud Pública o Privada.
También tendrán prioridad en la atención en consultorio hasta los 9 años de edad cualquiera sea la cobertura de salud.
Topes
Se fija en 18,5056 BPC ($ 121.692,83) y se computará de acuerdo a la Ley n.º 16.697.
Trámites vinculados
Ingreso y modificación de vínculos familiares
Ingreso y modificación de datos personales
Negativo de cobro Asignaciones familiares
Normativa asociada
Ley 17.474 (.pdf 14 KB)
Ley 20.365 (.pdf 1 MB)