El pasado 25 de abril, personal de Aduanas afectado al Aeropuerto Internacional de Carrasco incautó dos encomiendas provenientes de Estados Unidos que contenían cuatro cargadores para arma larga PMAG30 AR/M4 (compatibles con fusiles de asalto AR15, M4 y M16). De acuerdo al decreto reglamentario de la Ley de Armas, dichos cargadores constituyen material controlado dada la capacidad de carga correspondiente a 30 cartuchos.
Desde Aduanas dieron intervención al Departamento de Información y Enlace Interior de la Dirección General de Información e Inteligencia Policial para investigar el hecho en conjunto. Este trabajo coordinado entre ambas Direcciones permitió identificar a los consignatarios que figuraban como destinatarios en las encomiendas.
Luego de un minucioso cruzamiento de información se pudo establecer que el principal consignatario identificado se encontraría realizando actividades de tráfico internacional de armas de fuego y materiales relacionados. El avance de las tareas de inteligencia permitió llegar a la hipótesis de trabajo de que los cargadores para fusiles AR 15, M4 o M16 eran entregados a una persona residente en las ciudades de Melo y de Bagé (Brasil) quien sería el encargado del trafico de éstos hacia territorio brasilero.
Con toda la información se puso en conocimiento a la Fiscalía de 2do. Turno de Ciudad de la Costa, por lo que el 23 de junio se realizaron cinco allanamientos en Montevideo, Canelones y Melo (este último con apoyo de la Jefatura de Policía de Cerro Largo) en donde detuvieron a seis personas, entre los que se encuentran los objetivos principales, quedando todos a disposición de la autoridad judicial. Además se incautaron una pistola Glock 9 mm y una pistola Bersa cal. 22 con munición.
El 24 de junio, el Juzgado Letrado de Primera Instancia de 1º Turno dispuso la condena de:
N.A.B.N. de 51 años como autor penalmente responsable de un delito previsto en el Art. 10 de la Ley 19.247 “tenencia no autorizada de arma de fuego” con una pena de 20 meses de prisión a cumplir en régimen de libertad a prueba.
N.N.B.G. de 25 años y su pareja, R.N.A. de 25 años, como autores penalmente responsables de un delito continuado de asistencia previsto en el Art. 23 de la Ley 19.574 imponiéndose al primero una pena de 24 meses de prisión a cumplir en régimen de libertad a prueba y a la segunda 20 meses de prisión en igual régimen; en ambos casos con obligación de fijar domicilio y someterse a la vigilancia de la OSLA.
V.M.C.G. de 29 años como autor penalmente responsable de un delito previsto en el art. 8 de la Ley 19.247, “tráfico internacional
de armas de fuego, municiones, explosivos y otros materiales relacionados” imponiéndose al mismo una pena de dos años de penitenciaría de cumplimiento efectivo.
La relevancia de esta investigación es que permite confirmar una de las maniobras de tráfico de armas y componentes de las denominadas “armas fantasmas”. Éstas se caracterizan por ser armadas por diferentes partes que se van adquiriendo en el exterior bajo el mecanismo de paquetería y que son comercializadas e introducidas a través de los mercados ilegales a las organizaciones criminales para nutrirse de gran poder de fuego, con la característica que una vez que son incautadas por parte de las fuerzas de seguridad, al ser montadas en partes, no permiten establecer una trazabilidad sobre su origen y propietario.
Fuente: Dirección General de Información e Inteligencia Policial.