En el mes de enero, personal de la Dirección General de Represión al Tráfico Ilícito de Drogas (DGRTID) detuvo en el Aeropuerto Internacional de Carrasco a una mujer que pretendía transportar dentro de una maleta con compartimientos ocultos 4 kilos con 876 gramos de cocaína en un vuelo con destino a Madrid.
A raíz de esto, los efectivos policiales lograron detener a otros dos hombres vinculados al hecho, ubicándolos en una casa donde se incautaron 90,68 gramos de cocaína, 272,72 gramos de cristales, dinero, una pistola, municiones y balanzas de precisión.
A su vez se determinó que uno de estos individuos se dedicaba a captar potenciales «correos humanos» para una organización dedicada al tráfico de estupefacientes en el país.
Como consecuencia de los hechos se logró la condena de T.V.DLS.F. por un delito de exportación de sustancias estupefacientes a la pena de dos años de penitenciaría y la formalización de N.A.S.A de 38 años “por la presunta comisión de un delito de comercialización de sustancias estupefacientes imponiéndose la medida de prisión preventiva por un plazo de 120 días”, al tiempo que uno de los hombres quedó en libertad.
En base a esto, la Fiscalía de Ciudad de la Costa de 3º Turno, dispuso el inicio de la operación «España», la que tras varios meses de tareas de inteligencia y vigilancia logró develar la mecánica utilizada por esta organización.
En principio se estableció que el grupo criminal financiaba, a través de figuras responsables de administrar un mercado gastronómico de renombre, la instalación y mantenimiento de un laboratorio clandestino de producción de marihuana, dejando entrever también el acceso a una estructura ideal para el posterior lavado del dinero.
Sin embargo, los integrantes de la organización no solo se limitaban a financiar y llevar a cabo delitos vinculados con el narcotráfico, sino también a la coordinación y ejecución de rapiñas a locales estratégicos de diferentes rubros a lo largo del país.
Posteriormente, tras varias actuaciones, una relacionada a esta operación que impidió la realización de dos rapiñas, y otras que culminaron en diversos allanamientos, se logró desmantelar un laboratorio clandestino, incautando todo el equipamiento, y se incautaron: 42 plantas de marihuana y cogollo ya empaquetado para su distribución, US$ 2.300 y $ 142.610, un revólver calibre 38, un rifle calibre 22 largo con cargador y cinco cartuchos calibre 22, tres vehículos, dos celulares y una balanza de precisión.
Respecto a los detenidos en los intentos de rapiña, se condenó a cinco personas como “autores penalmente responsables de un delito de asociación para delinquir en reiteración real con un delito de desacato”, a la pena de ocho meses de libertad a prueba.
En cuanto a los restantes detenidos, se condenó a A.S.D.M de 30 años, S.R.G. de 48 años y J.A.L.S. de 27 años por “un delito de asistencia a las actividades del narcotráfico” a la pena de tres años de penitenciaría (12 meses de prisión y 24 mes de libertad a prueba) en el caso del primero y 20 meses de prisión para los restantes.
Por su parte, L.L.V.R. de 19 años fue condenado como “autor de un delito previsto en el art. 30 del Decreto Ley 14.294 en la modalidad de producción” a la pena de cuatro años y ocho meses de penitenciaría.
En tanto, B.M.A. de 19 años y L.P.D.L.B. también de 19 años fueron condenados como autores penalmente responsables de un delito previsto en art. 33 de la Ley 19.574 en la modalidad de asistencia al lavado de activos a la pena de tres años de penitenciaría (dos de prisión efectiva y uno de libertad a prueba) el primero y 24 meses de prisión el segundo (10 meses de arresto domiciliario total, con la excepción de la concurrencia a una institución educativa a efectos de rendir exámenes y 14 meses de libertad a prueba).
En cuanto a L.E.R. de 21 años fue condenado “como autor penalmente responsable un delito previsto en el art. 31 del Decreto Ley 14.294 en la modalidad de comercialización de sustancias estupefacientes no permitidas” a la pena de dos años de prisión.
Respecto a P.S.M.R. de 18 años fue condenado como “autor de un delito de asistencia al lavado de activos” a la pena de 24 meses de prisión (10 meses de cumplimiento efectivo y 14 meses en régimen de libertad a prueba).
Finalmente a F.T.M.B. y S.M.G.L., de 18 y 20 años, fueron condenados como “autores penalmente responsables de un delito de suministro de estupefacientes” a la pena de 20 meses de prisión.
Telenoche