GOBIERNO DE TREINTA Y TRES, COMUNICA PLAN DE REGULARIZACIÓN 2021 DE PATENTES Y REFINANCIACIÓN PANDEMIA.

 El Congreso Nacional de Intendentes dispuso este plan de regularización de adeudos, donde los interesados podrán acogerse a partir del 4 de octubre de 2021 y hasta el 30 de noviembre de 2021.
Monto a convenir
Los contribuyentes que mantengan adeudos por patente de rodados, sanciones por mora y demás cobros conexos generados hasta el 31/07/2021, podrán cancelar los mismos, reliquidando las deudas de acuerdo al siguiente procedimiento:
A) Aplica sobre los montos, sin considerar las sanciones por mora, una actualización equivalente a la evolución del Índice de Precios al Consumo operada desde el mes de sus vencimientos hasta julio de 2021.
 Teniendo en cuenta el año del vehículo, tomándose como tal el que corresponde a su código cuando el mismo identifica el año o el de su escala en los demás casos, al mencionado importe actualizado se le adicionará el 50% de las sanciones por moras al 31 de julio de 2021 si dicho año se ubica entre 2012 y 2016 o el 75% de las mencionadas sanciones por mora al 31 de julio de 2021 si dicho año es mayor a 2016.
C) Si el año del vehículo, es anterior al 2012 al monto resultante en este caso se le aplicará un tope equivalente al 30% del aforo del mismo. El importe resultante del proceso a que se refiere los incisos anteriores se transformará en UI a su valor del 31/07/2021.
 Formas de pago
El monto en UI resultante del artículo anterior será abonado en cuotas iguales, pagaderas mensualmente venciendo la primera el último día hábil del mes siguiente al de la suscripción del plan y la segunda y siguientes en los últimos días hábiles de los meses subsiguientes. Los contribuyentes fijarán la cantidad de cuotas teniendo en cuenta que la última no podrá ir más allá del mes de noviembre de 2024.
 Requisitos del Plan
Para la adhesión al plan el contribuyente suscribirá documento reconociendo los adeudos y asumiendo las obligaciones emergentes del mismo. La tramitación del plan de regularización podrá realizarse en cualquier departamento. Será condición para la realización del plan de regularización que al día de su suscripción no se mantengan multas de tránsito de cualquier Gobierno Departamental vencidas e ingresadas al sistema, ni convenio de facilidades por multas de tránsito con más de una cuota de atraso.
 Caducidad Automática
Los planes de regularización de adeudos que se suscriban al amparo de este régimen, caducarán en forma automática en cualquiera de las siguientes situaciones:
A- Si hubieran adeudos vencidos por patentes y cobros conexos que se hayan generado desde el 31/07/2021 y hasta el día de su suscripción y no se encuentren cancelados al tercer día hábil de la misma.
B- Si se produce el atraso de cuatro (4) de sus cuotas consecutivas o de dos (2) cuotas normales de los vencimientos del tributo corriente de patente. También operará la caducidad si se produce un atraso mayor a cuatro (4) meses en el pago de cualquiera de las cuatro últimas cuotas del plan. En todos los casos de incumplimiento, se procederá a reactivar las deudas y créditos originales.
Los interesados podrán acogerse al presente plan de regularización de adeudos, a partir del 4 de octubre de 2021 y hasta el 30 de noviembre de 2021.
 Financiación Pandemia
Aplica a los vehículos empadronados al 13 de marzo de 2020, que no tenían pendientes de pago cuotas de patentes de rodados cuyos plazos de pago fueran hasta dicha fecha, ni tenían convenios o planes de regularización de patentes.
Esta operación se realizará en forma automática por el sistema y el pago de la quinta cuota del 2021 por el contribuyente se entenderá como su adhesión y consentimiento de la misma.
 El monto de las cuotas de patentes de rodados sin considerar sanciones por mora, con plazos para su pago entre el 14 de marzo de 2020 y el 31 de julio de 2021, impagas al 31 de julio de 2021, se convertirá en UI a su valor del 31/07/2021 y se refinanciará en 19 cuotas iguales pagaderas en oportunidades de los vencimientos de las 19 cuotas de patentes corriente desde la sexta del 2021 hasta la sexta del 2024, dejándose sin efecto las mencionadas sanciones por mora.
 Estas 19 cuotas se identificarán con el concepto “patente pandemia” y no le serán aplicables las bonificaciones por pago contado o en fecha a que se refiere el artículo 30 del Texto Ordenado Sucive 2021.
 Los importes de las multas por circular sin patente al día, aplicadas e ingresadas al sistema y que se encuentren pendientes de cancelación al momento de realizarse la Financiación Pandemia serán dadas de baja.