JUZGADO DE PAZ DEPARTAMENTAL DE TREINTA Y TRES
EDICTO:
Por disposición de la Señora Juez de Paz Departamental de Treinta y Tres por Decreto N° 177 de fecha 18 de febrero de 2020, dictada en autos caratulados: “FREITAS LARROSA MAURO FERNANDO.- EJECUCIÓN DE SENTENCIA.- IUE 413-48/2020”, tramitados ante ésta Sede; SE HACE SABER: Que el día 28 de Octubre del 2020, a las 15:00 horas, en puertas de éste Juzgado, se procederá por intermedio del Rematador, Sr. Nicolás Daleira, matrícula 5390, asistido por el Sr. Alguacil de la Sede, A LA VENTA EN PUBLICA SUBASTA, AL MEJOR POSTOR Y SIN BASE, el siguiente BIEN INMUEBLE: solar de terreno y demás mejoras que le acceden, sito en la Localidad Catastral de Rincón, Departamento de Treinta y Tres, zona urbana, PADRON N° 93, (antes padrón 9577, antes 766 y antes aún 5083), manzana 9, que según plano de los Agrimensores Alberto Ameztoy Monteavaro y César Vesperoni Vaco, inscripto en la Oficina Departamental de Catastro de Treinta y Tres, con el N° 1357, el 16 de noviembre de 1987, está señalado como solar 6 de la manzana H y consta de una superficie de 444mc y tiene el siguiente deslinde: al 18,50m de frente al SUROESTE a calle de 17m; 24m al NOROESTE también de frente a calle 17m por ser esquina; 18,50m al NORESTE lindando con solar 1 y 24m al SURESTE lindando con solar 5, todos del mismo plano.- SE PREVIENE: 1) Que el mejor postor deberá consignar en el acto el 20% de su oferta al serle aceptada, que será integrada conforme a lo establecido por la Ley de inclusión financiera N° 19.210. 2) Que será de cargo del mejor postor la comisión impuesto de remate del 3,66%, así como los demás gastos que la ley pone a su cargo.- 3) Que se desconoce el estado ocupacional del bien a subastar.- 4) Que se desconoce la situación tributaria y si mantiene deudas de tributos por cualquier concepto.- 5) Que el bien se remata en las condiciones que surgen del expediente, en el estado y condiciones en que se encuentra la titulación y que los títulos del bien se encuentran en esta Sede a disposición de los interesados y lucen agregados en estos autos. 6) Que el plazo para consignar el saldo del precio será de 20 días corridos, los cuales no se interrumpen por ferias judiciales y semana de turismo, contados a partir del día hábil siguiente a la notificación del auto aprobatorio del remate.-A los efectos legales se hacen estas publicaciones.- Treinta y Tres, 16 de septiembre de 2020. Dra. Victoria BAEZ – JUEZ DE PAZ SUBR. Validado por el PODER JUDICIAL 18/09/2020.