Decreto establece modificaciones para proyectos promovidos en el marco de la vivienda de interés social

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En un trabajo de 48 horas la ministra Dra. Irene Moreira dictó la reglamentación de este decreto ampliando las garantías para los usuarios de forma de obtener igualdad de condiciones para quienes otorgan garantías de alquiler y mejorando normativas anteriores en lo que concierne a espacios comunes y de recreación en las construcciones en el marco de vivienda de interés social.

El jueves pasado el Presidente de la República firmó un decreto que establece modificaciones a la ley N. 18795 referente a la construcción de viviendas promovidas para interés social.

La nueva directiva deroga algunos artículos a fin de mejorar las condiciones de acceso a la vivienda, establecer beneficios tributarios a los proyectos que se declaren promovidos bajo esta ley, y así estimular la construcción de viviendas para sectores bajos y medios de la población.

A partir de este decreto se promueven proyectos de construcción, reciclaje, ampliación y refacción de viviendas de acuerdo al área habitable, ya sean mono ambientes, de 1 o más dormitorios según la ley No. 13728, y no se considerarán como promovidos aquellos proyectos en áreas donde predomine la vivienda de temporada, para los que el Mvotma podrá establecer requerimientos diferenciales.

A su vez, se promoverán los proyectos de construcción y/o refacción de un mínimo de 2 viviendas, o en caso de reciclaje, aquellos que propongan al menos una vivienda adicional.

Se exonerarán las rentas, el impuesto al patrimonio por obras en construcción al cierre del ejercicio y el IVA derivado de las primeras ventas, teniendo en cuenta si las viviendas están en construcción o terminadas (ver decreto).

Las viviendas podrán ponerse a disposición en arrendamiento y luego ser enajenadas accediendo a los beneficios tributarios.

El documento también prevé beneficios tributarios para quienes adquieren la vivienda, con exoneraciones de IVA, IRAE, IRPF (ver decreto). En este marco, los beneficios aplicados a los arrendamientos solo se aplicarán si el inmueble se utiliza como vivienda permanente.

La Comisión Asesora de Inversiones de Vivienda de Interés Social CAIVIS) será quien determine si una obra ha finalizado, en función del cronograma de obra, el control y el seguimiento del proyecto

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