Edicto

Foto ilustrativa

JUZGADO DE PAZ DEPARTAMENTAL DE TREINTA Y TRES

OFICIO – Treinta y Tres, 26 de Noviembre de 2019

Oficio Nº 597/2019

EDICTO: Por disposición de la Señora Juez de Paz Departamental de Treinta y Tres, por Decreto Nº 2777/2019 del 15/10/2019, dictado en autos caratulados “ACOSTA CANTERA JULIO CÉSAR- PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA.- I.U.E. 413-482/2017”, SE HACE SABER: se ha presentado Julio César ACOSTA CANTERA, C.I. 3.328.126-9, promoviendo acción de PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA sobre los siguientes BIENES INMUEBLES: Solar de terreno, ubicado en el departamento de Treinta y Tres, localidad catastral “Santa Clara de Olimar”, zona urbana, manzana 141, padrón número OCHOCIENTOS CUARENTA Y CINCO (845), que según plano del Agrimensor Carlos Chirico, inscripto en Dirección Nacional de Catastro con el Nº 411, el 09/10/2017, consta de una superficie de 1230m 35dm que se deslinda así: al NOROESTE 42m 60cm de frente a calle número 14 sin pavimentar, al NORESTE 29m 11cm lindando con parte del padrón 849, al SURESTE 42m 67 cm lindando con padrón 847 y al SUROESTE 28m 60cm también de frente a calle número 2 de 17m por ser esquina. Solar de terreno, ubicado en el departamento de Treinta y Tres, localidad catastral “Santa Clara de Olimar”, zona urbana, manzana 141, padrón número OCHOCIENTOS CUARENTA Y NUEVE (849), que según plano del Agrimensor Carlos Chirico, inscripto en Dirección Nacional de Catastro con el Nº 411, el 9/10/2017, consta de una superficie de 4021m 20dm que se deslinda al NOROESTE 57m 50cm de frente a calle número 14, al NORESTE 63m 31cm también de frente a calle número 1 de 17m por ser esquina, al SURESTE 101m 3cm lindando con parte del padrón 1293 y padrones 1379,1301 y 1300, al SUROESTE seis tramos de recta quebrada de 12m 39cm, 58m 67cm, 12m, 15m, 15m 78cm y 29m 11cm respectivamente, de frente a calle número 2 el primero, lindando con padrón 848 el segundo y el tercero, lindando con parte del padrón 848 el cuarto, con el padrón 847 el quinto y con el padrón 845 el sexto. Solar de terreno, ubicado en el departamento de Treinta y Tres, localidad catastral “Santa Clara de Olimar”, zona urbana, manzana 138, padrón numero OCHOCIENTOS NUEVE (809), que según plano del Agrimensor Carlos Chirico, inscripto en Dirección Nacional de Catastro con el Nº 411, el 09/10/2017, consta de una superficie de 2596m 90dm, y se deslinda: NOROESTE 42m 50cm de frente a calle número 14 sin pavimentar, al NORESTE 60m 53cm lindando con padrón 813, al SURESTE 41m 99cm lindando con parte del padrón 1293 y al SUROESTE 62m 51cm de frente a calle número 1 de 17m sin pavimentar. Solar de terreno, ubicado en el departamento de Treinta y Tres, localidad catastral “Santa Clara de Olimar”, zona urbana, manzana 266, padrón número MIL TRESCIENTOS (1300), que según plano del Agrimensor Carlos Chirico, inscripto en Dirección Nacional de Catastro con el Nº 411, el 9/10/2017, consta de una superficie de 3483m 42dm que se deslinda: al SURESTE 71m 19cm de frente a calle pública, al SUROESTE tres tramos de recta quebrada de 34m 27cm, 23m 30cm y 13m 40cm respectivamente todos de frente a calle número 2,  al NOROESTE 49m 91cm lindando con parte del padrón 849 y al NORESTE 54m 71cm lindando con padrón 1301. Solar de terreno, ubicado en el departamento de Treinta y Tres, localidad catastral “Santa Clara de Olimar”, zona urbana, manzana 266, padrón numero MIL TRESCIENTOS UNO (1301), que según plano del Agrimensor Carlos Chirico, inscripto en Dirección Nacional de Catastro con el Nº 411, el 9/10/2017, consta de una superficie de 770m 35dm que se deslinda: al SURESTE 14m de frente a calle pública, al SUROESTE 54m 71cm lindando con padrón 1300, al NOROESTE 14m 2cm lindando con parte del padrón 849 y al NORESTE 55m 34 cm con padrón 1379. Solar de terreno, ubicado en el departamento de Treinta y Tres, localidad catastral “Santa Clara de Olimar”, zona urbana, manzana 266, padrón número MIL TRESCIENTOS SETENTA Y NUEVE (1379), que según plano del Agrimensor Carlos Chirico, inscripto en Dirección Nacional de Catastro con el Nº 411, el 9/10/2017, consta de una superficie de 1677m que se deslinda: SURESTE 30m de frente a calle pública, al SUROESTE 55m 34cm lindando con padrón 1301, al SUROESTE 30m 4cm lindando con parte del padrón 849 y al NOROESTE 56m 46cm lindando con padrón 1293. Solar de terreno, ubicado en el departamento de Treinta y Tres, localidad catastral “Santa Clara de Olimar”, zona urbana, manzana 266, padrón numero MIL DOSCIENTOS NOVENTA Y TRES (1293) que según plano del Agrimensor Carlos Chirico, inscripto en Dirección Nacional de Catastro con el Nº 411, el 9/10/2017, consta de una superficie de 6858m 47dm que se deslindan: SURESTE 117m 10cm de frente a calle Pública de 11m, SUROESTE 56m 46cm lindando con padrón 1379, NOROESTE 117m 10cm lindando parte del padrón 849, con terminación de calle número 1, con padrones 809,813,814 y parte del 816, al NORESTE 60m 76 cm lindando con parte del padrón 1323. Solar de terreno, ubicado en el departamento de Treinta y Tres, localidad catastral “Santa Clara de Olimar”, zona urbana, manzana 267, padrón numero MIL DOSCIENTOS NOVENTA Y CINCO (1295) que según plano del Agrimensor Carlos Chirico, inscripto en Dirección Nacional de Catastro con el Nº 411, el 9/10/2017, consta de una superficie de 5423m 34dm que se deslinda: NOROESTE 104m 77cm de frente a calle pública de 11m, al NORESTE 53m 20cm lindando con padrón 1294, al SURESTE 103m 27cm lindando con parte del padrón 1318 y al SUROESTE 51m 10cm lindando con padrón 1296. Solar de terreno, ubicado en el departamento de Treinta y Tres, localidad catastral “Santa Clara de Olimar”, zona urbana, manzana 267, padrón numero MIL DOSCIENTOS NOVENTA Y CUATRO (1294), que según plano del Agrimensor Carlos Chirico, inscripto en Dirección Nacional de Catastro con el Nº 411, el 9/10/2017, consta de una superficie de 2170m 39dm que se deslinda: NOROESTE 40m de frente a calle pública de 11m, al NORESTE 54m lindando con parte del padrón 1323, al SURESTE 41m lindando con parte del padrón 1318 y al SUROESTE 53m 20 cm lindando con padrón 1295. En consecuencia, SE CITA, LLAMA Y EMPLAZA al último titular, especialmente a Maximiano Mora Méndez y/o sucesores a cualquier título, a Rosa Méndez y/o sucesores a cualquier título y a todos los que se consideren con derecho sobre los inmuebles padrones 809, 1300, 1301, 1379, 1293, 1295, 1294, cuya prescripción se solicita, por el término de (90) NOVENTA DÍAS, bajo apercibimiento de designárseles Defensor de Oficio con quien se seguirán estas actuaciones. Treinta y Tres, 26/11/2019.- Dra. Florencia FERREYRA MENÉNDEZ – JUEZ DE PAZ DEPARTAMENTAL DE TREINTA Y TRES.- Validado por el PODER JUDICIAL 02/12/2019

Salir de la versión móvil