Pasan los meses y la Junta médica solicitada por la Justicia en el caso Julio de los Santos, no se realiza, motivo por el cual su demanda sigue sin resolverse.
Julio de los Santos es un trabajador arrocero que enfermó gravemente y según varias opiniones médicas muy calificadas, su enfermedad es “ocupacional”, es decir, resultado del tipo de trabajo que realizaba. Estuvo expuesto a sustancias comúnmente llamadas “agrotóxicos” y como resultado desarrolló dos patologías denominadas Fibrosis pulmonar y Micosis pulmonar. Estudios clínicos realizados concluyen en que sus pulmones presentan “fuerzas musculares descendida en grado severo” y “capacidad vital y pulmonar total descendidas en relación a alteración restrictiva severa”.
Intentando obtener una indemnización, De los Santos le inició juicio a la empresa en la que trabajaba. El curso del pleito ha llevado las cosas a una pericia por parte de un equipo de médicos que deberá valorar el estado de salud del demandante y el origen de sus afecciones. El camino ha sido largo y complicado, habiéndose iniciado con una decepcionante actuación de la Jueza María del Rosario Berro, quien fue recusada por los abogados de la parte demandante Justino Moraes y Marcela Burastero, debido a su actitud claramente inclinada a favorecer a la parte demandada.
Tras la renuncia de Berro, en diciembre del año pasado tomó el caso la Jueza Marta Elena Salaberry quien presidió varias audiencias en las que brindaron sus testimonios médicos que atendieron a De Los Santos, entre otros el reconocido Neurólogo, Médico Interno y Laboratorista Clínico Dr Carlos Luis Oehninger Gatti, docente grado 4 de la cátedra de bioquímica, quien afirmó que De los Santos “es portador de una enfermedad profesional respiratoria, neumonitis de hipersensibilidad por exposición a agrotóxicos químicos, por lo que padece de insuficiencia respiratoria severa.”
En términos similares testificó el Dr. Pablo Curbelo, neumólogo, grado 5, de la cátedra de neumología de Facultad de Medicina, quien no vaciló en relacionar el estado de salud del trabajador con su ambiente laboral, destacando que tiene “una enfermedad ocupacional o ambiental” debido a su “exposición a agentes inorgánicos, sustancias químicas de uso agrícola”, y a “agentes orgánicos en el polvillo” que usualmente se respira en el acopio de arroz. Destacó que la exposición no se limitaba a las horas de trabajo solamente, ya que los mencionados agentes estaban presentes también en el propio domicilio del trabajador, ubicado en el predio de la misma empresa arrocera. Agregó que “la fibrosis pulmonar puede generarse en un trabajador expuesto a contaminantes químicos sin la protección adecuada en un período de meses o años, dependiendo del tiempo y de la dosis.” También estimó que “las tareas de soldadura” que desarrollaba De Los Santos en talleres de la empresa pueden haber sido “un factor agravante.”.
Por otra parte, el informe médico del BSE que recomendó su jubilación con apenas 44 años de edad, diagnostica “neumonitis de hipersensibilidad por exposición a agrotóxicos químicos”. También se destaca en el expediente un escrito de la Institución Nacional de Derechos Humanos (INDDHH), que actuando de oficio a partir del caso de Julio de los Santos, emitió un informe categórico respecto al desconocimiento que hay entre los trabajadores arroceros respecto a los riesgos que asumen al manejar agrotóxicos.
Las pruebas hasta ahora parecen ser muy contundentes, pero la Dra Salaberry entiende necesario el informe de una Junta Médica que podría ser el insumo definitivo en caso de reforzar los testimonios ya documentados a favor del trabajador.
¿Por qué se demora tanto esta instancia? ¿Qué está impidiendo que tres expertos elaboren un informe solicitado por la Justicia? Son preguntas que dejan un sabor amargo de impotencia mientras la salud de un trabajador empeora al punto de que ya prácticamente depende de un tubo de oxígeno para respirar.
Aníbal Terán Castromán