Edicto: Por disposición del Sr. Juez letrado de Primera Instancia de Cerro Largo de Tercer turno dictada en autos” ALVAREZ ALVAREZ, Francisco Anael y otros c/a ALVAREZ ALVAREZ, Jesús Ainer. Partición. Ficha 207-244/2017, se hace saber que el día 30 de Mayo de 2019 a las 14 horas en el escritorio sito en calle Navarrete y Castellanos de la ciudad de Melo, se procederá por intermedio de rematador Heber Daniel Fernández Marchi, matrícula 5039, RUT 0301104990017, asistido por la Sra. Aguacil de la Sede a la venta en subasta pública sin base y al mejor postor en dólares americanos el siguiente bien inmueble: Dos Fracciones de Campo con las mejoras que le acceden, ubicadas en la zona rural de la cuarta Sección catastral del Departamento de Treinta y Tres, una empadronada con el N° 3.371, antes el mismo, el que según plano de mensura del Agrimensor Francisco López Chirico, de febrero de 2009, inscripto en la oficina Departamental de Catastro de Treinta y Tres con el N° 9112, el 5 de Marzo de 2009, se señala como fracción N°1 y consta de una superficie de 10 hectáreas 4.250 metros cuadrados, y se deslinda así: al Suroeste 155,70 metros frente a Camino Vecinal; al Noroeste línea quebrada de 3 rectas de 248,20 metros, 65,70 metros y 242 metros lindando con el padrón 3.372 parte y con fracción 2 del mismo plano; al Norte: lindando con Arroyo Parao que lo separa del padrón 1104 y al Sureste: 707 metros lindando con padrón 5.947 y la otra fracción empadronada con el N° 9.782, antes padrón 3.372 en mayor área, el que según plano de mensura del Agrimensor Francisco López Chirico, de Febrero de 2009 , inscripto en la Oficina Departamental de Catastro de Treinta y Tres con el N° 9.112, el 5 de Marzo de 2009, se señala como fracción N°2, tiene una superficie de 1 hectárea 9.310 metros y se deslinda así: al Noroeste lindando con el Arroyo Parao, que lo separa del padrón 873; al Este: línea quebrada de dos rectas de 242 metros y 65,70 metros lindando con la fracción 1 del mismo plano y al Suroeste: línea quebrada de 4 rectas de : 30,80 metros; 75,20 metros; 42,40 metros y 123 metros lindando con el padrón 3.372 parte. SE PREVIENE: a) que el mejor postor deberá consignar el 30 % de su oferta en el acto de serle aceptada la postura en carácter de seña mas comisión e IVA del rematador 3.66%, mediante los medios de pago previstos en la ley 19.210. b) que el saldo de precio se deberá abonar en el plazo de 20 días corridos a partir de la notificación del auto aprobatorio de remate, que no se interrumpirá por la feria Judicial o por semana de Turismo. c) que serán de cargo del expediente los gastos de remate: permiso e Impuesto Departamental, edictos, publicidad, carteles, volantes y comisión e IVA 1.22%. d) que se desconoce la situación ocupacional de los bienes y la situación de las construcciones frente al BPS. e) que se desconoce si existen deuda de Contribución Inmobiliaria en la Intendencia de Treinta y Tres. f) que los bienes se venden en el estado material y jurídico en que se encuentran g) que se deberá estar a lo que surge de autos y a lo que surja de la diversa información Registral de última hora. h) que los rubros a imputar como parte del precio son los tributos adeudados por el ejecutado, que sean necesarios para la escrituración. Melo, 30 de Abril de 2019 Oscar Rodriguez Etcheverry. Actuario.
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