Delincuente muerto en explosión había sido procesado sin prisión por la justicia

El delincuente herido fue identificado como Diego Javier Córdoba Leal, de 28 años. Presentaba una fractura en el brazo y fue derivado a un centro asistencial.

En tanto el fallecido fue César Eduardo Rivero Valiente, un hombre que contaba con antecedentes penales.

Ambos estaban con mamelucos azules y pasamontañas. Tenían una pistola Glock que estaba bajo denuncia como robada.

Según pudo saber Subrayado, ingresaron por la puerta principal del shopping, tras romper un vidrio y forzar los imanes que tienen las mismas. Las cámaras de seguridad muestran el ingreso de tres personas pero se presume que un cuarto esperaba en un auto para fugar.

El hecho tuvo lugar sobre la 1.30 horas en el primer subsuelo del shopping. A esa ahora aún había personas en el cine, situado dos pisos más arriba.

El cajero está ubicado al lado de una conocida heladería y del Cambio Varlix. La entrada más cercana queda por Solano García.

La explosión dañó seriamente al menos a diez comercios cercanos, informó a Subrayado la vocera de Bomberos, Mariela Vivone. Todos esos comercios quedaron con sus vidrios rotos.

Si bien el fuego se concentró en el cajero, el tinte del humo también alcanzó a la heladería que está al lado.

Los delincuentes utilizaron más gas de lo habitual para llevar a cabo la maniobra y por eso la magnitud de la explosión, detalló Vivone.

Un error cálculo provocó la explosión a destiempo. Uno de ellos resultó muerto y otro gravemente herido.

Allí Bomberos y Policía encontraron el equipamiento que utilizaron para realizar el robo.

También lograron dar con una camioneta Ford de color rojo .valuada en 40.000 dólares- que fue utilizada por la gavilla para trasladarse.

Libre para robar

El delincuente que murió en la madrugada de este lunes al hacer explotar un cajero automático ubicado en el interior del shopping de Punta Carretas había sido condenado sin prisión hacía menos de 15 días por los delitos de receptación –recibir u ocultar dinero u objetos robados– y porte de armas sin autorización en lugares públicos.

El hombre, además, tenía antecedentes penales desde 2014, cuando había sido condenado por un delito de hurto especialmente agravado y como coautor de otro delito de rapiña especialmente agravado en calidad de tentativa, según información a la que accedió El Observador.

Pero cuando fue juzgado el 2 de enero, por pedido de la Fiscalía la Justicia no lo condenó con prisión, sino que se le aplicaron sanciones alternativas convenidas con el fiscal del caso, como pueden ser la obligación de fijar domicilio y firmar todas las semanas en la comisaría más próxima.

Los antecedentes penales de 2014 no fueron tenidos en cuenta porque el Código Penal estable que si en los últimos cinco años –a partir de su última condena– el imputado no volvió a delinquir, entonces no puede ser juzgado con el agravante de ser reincidente.

Con información de Subrayado y Observador