El próximo 3 de diciembre se celebra El Día Internacional de las Personas con Discapacidad, en el que en realidad se dicen muchas cosas, muchas palabras bonitas, sin encarar acciones concretas.
Esto pasa inclusive en nuestro Poder Legislativo Nacional, pues es asombroso, enterarse que la Diputada Camila Ramirez Aviaga, diputada suplente del Partido Nacional, no haya podido desempeñarse como tal por la sencilla razón, de que es sorda.
Esta prohibición está basada en un artículo del reglamento de la Cámara de Representantes, que impide el ingreso a los asesores y técnicos de los legisladores.
El parlamento que asumio el 15 de febrero de 2015, ya tuvo tiempo de actuar, realizando los cambios necesarios a dicho a dicho artículo y de esa forma permitir el ingreso y la convivencia con una persona sorda, para que ella pueda comunicarse.
También tenemos la Ley Nº. 17378 de 25/07/2001, Personas Discapacitadas, Lengua de Señas. Que reconoce la Lengua de Señas Uruguaya como la herramienta natural de las personas sordas (falta reglamentarla) ya es tiempo que el Poder Ejecutivo proceda a su reglamentación. Esta situación planteada a nivel del parlamento me despierta las siguientes interrogantes:
1) ¿Qué pasa si en las próximas elecciones departamentales es electa como edil una persona sorda?
2) ¿Recién se empezará a estudiar la normativa?
3) ¿La persona pasará todo el período sin asumir?
Pienso que este tema merece un serio estudio, por parte de la Comisión de Legislación o por los compañeros que asisten a los Congresos de Ediles.
Porque ya es hora que las instituciones y principalmente las públicas, actualicen sus reglamentos y acompasen los cambios, que la sociedad va teniendo.
Cuando se restringe el acceso a un discapacitado se está violando la Ley Nº. 18561 de 19/02/2010 Ley de Protección Integral de las Personas con discapacidad, que en su artículo 5 literal D) dice: se reconoce el derecho a la salud, la educación, la adaptación y readaptación profesionales y a su inserción laboral.
Si esa discriminación se hace a un legislador nacional o departamental, se viola la constitución, porque ningún articulo dice que un sordo, un ciego o alguien que se desplace en silla de ruedas no puedan ser legisladores.
PETITORIO:Por todo lo expuesto solicito: que mis palabras pasen a la Comisión de Legislación de esta Junta Departamental a los efectos de que se tome conocimiento del tema, a todas las Juntas Departamentales del País y a los dos diputados electos por nuestro departamento.