3 de agosto vence plazo para empresas de los grupos 11 y 12 de los Consejos de Salarios
El viernes 3 de agosto se cumple el plazo para que las empresas de los grupos 11 y 12 de los Consejos de Salarios registren todos los datos sobre condiciones de trabajo de sus empleados en la Planilla de Trabajo Unificada, a través de los servicios en línea del Banco de Previsión Social, de acuerdo al Decreto N° 278/017.
El Grupo 11 comprende al Comercio minorista de la alimentación. En tanto que el Grupo 12 abarca: Hoteles, apart-hotels, moteles y hosterías; campamentos, bungalows y similares; hoteles de Alta Rotatividad; pensiones; restaurantes, parrilladas, cantinas; cadenas de comida; cafés, bares, pubs; y rotiserías.
Ver calendario completo que establece plazo de vencimientos según grupo y subgrupo de actividad.
Tanto el MTSS como el BPS brindan asesoramiento sobre Planilla de Trabajo Unificada a través de las siguientes vías de comunicación:
MTSS: nuevaplanilla@mtss.gub.uy
BPS: teléfono 0800 2017 o a través del “Consúltenos” en los mismos servicios en línea.