Un hombre y una mujer abusaron sexualmente de su hija de 15 años y fueron condenados por la jueza letrada en lo penal de 4° Turno de Paysandú, Jimena Rosas, luego de acordar pena con Fiscalía. Se condenó también con 16 meses de arresto domiciliario nocturno a la madre de la joven de 15 años, que fue cómplice del abuso sexual.
«Al dictar sentencia, la jueza no puede imponer una pena mayor a la solicitada por la Fiscalía», recordó el documento.
La jueza Rosas determinó 15 meses de prisión y 9 meses de libertad vigilada -con descuento de la detención sufrida- para el hombre, autor penalmente responsable de un delito de abuso sexual especialmente agravado. Por otra parte, condenó a la mujer como cómplice a la pena de 16 meses de arresto domiciliario nocturno, en el horario comprendido entre las 20:00 a las 07:00 horas.
Según el dictamen, «se relevaron como atenuantes de responsabilidad para ambos imputados, la confesión y la primariedad». Los imputados fueron sometidos a un proceso abreviado. Aceptaron los hechos que se les atribuyeron, la prueba que la Fiscalía tenía en su contra, así como las penas y medidas que se les impondrían.
Se estableció que el abuso sexual ocurrió el miércoles 7 de marzo. Sobre las 04:30 de la madrugada, los padres ingresaron desnudos al cuarto de la menor, ubicándose en un colchón en el piso al lado de la cama de la adolescente. En esas circunstancias, el padre obliga a la joven por la fuerza -tomándola por los brazos y quitándole la ropa- y la sometió a «actos de naturaleza sexual», se indicó en la sentencia. Todo ello, en presencia de su madre, que estaba alcoholizada, y «cooperó moralmente en el delito sin llegar a participar hasta que se quedó dormida», se añadió.
El hombre, además de confesar los hechos, reconoció haber enviado mensajes de Whatsapp que dieron cuenta de que pretendía obligar a su hija para que participara de «juegos sexuales» y sugería que la adolescente se negaba a ello.
La jueza determinó que el acusado ejecutó él mismo los actos de naturaleza sexual contra su hija que se le atribuyen mediante intimidación, abuso del poder y la fuerza. En tanto, la madre cooperó materialmente y moralmente al delito «con hechos simultáneos a la ejecución, pero extraños y previos a la consumación, debiendo por ello ser condenada en calidad de cómplice».
A ambos se le prohibió el acercamiento a sus hijos y al hombre se le suspendió en el ejercicio de la patria potestad. Se computaron como agravantes que la víctima sea menor y que el abuso sexual se haya cometido a través de la participación de dos personas.
Además de la confesión de los imputados, se tomó en consideración los testimonios de la víctima y de un hermano de la joven.