Bloquean el dominio uber.com en Argentina

La justicia porteña resolvió el bloqueo a nivel nacional del dominio www.uber.com así como de «las plataformas digitales, aplicaciones y todo otro recurso tecnológico que permita contratar y/o hacer uso de los servicios de transporte de pasajeros que ofrece» Uber, en el marco de las causas en lo contravencional y penal económico que enfrenta la empresa.

El fallo de la Sala II de la Cámara de Apelaciones en lo Penal, Contravencional y de Faltas está fechado el 29 de diciembre pasado, pero recién llegó hoy a manos de la Fiscalía de la Ciudad, como respuesta a una apelación interpuesta por el fiscal de Cámara Martín Lapadú.

El fiscal había planteado que la resolución que ordenaba el bloqueo de la página de Uber precisaba la página web www.uber.com/argentina.

Pero las prestadoras expresaron la imposibilidad técnica de bloquear solo esa URL, por lo que Lapadú solicitó una adecuación para que se clausure el dominio madre, el www.uber.com.

«Debemos indicar que lo expuesto en la oportunidad de resolver el incidente N° 4790-42-16 resulta plenamente aplicable al presente. En este sentido, tal como en aquella ocasión, se advierte que pese a las numerosas decisiones adoptadas con la finalidad de hacer cesar las conductas objeto de este proceso -con medidas de menor alcance- tal finalidad no se ha podido lograr, lo cual pone en crisis el objeto de las medidas cautelares en punto a no tornar ilusoria la decisión que en definitiva se adopte en el proceso», señala el fallo.

«Ello en tanto se aprecia a esta altura del derrotero procesal que resulta el único modo de instrumentar la medida ordenada», agrega la medida firmada por los magistrados Fernando Bosch y Marcela De Langhe.

Para Lapadú, «esta resolución se adecua a los requisitos técnicos solicitados porlas empresas prestadoras del servicio de Internet, es un bloqueo nacional del dominio www.uber.com».

El fiscal resaltó «el trabajo arduo para llegar a obtener este pronunciamiento judicial inédito, que resulta la única herramienta efectiva con la cual impedir se siga consumando el delito y la contravención por parte esta corporación internacional».

«A partir de este momento la responsabilidad del bloqueo de Uber resulta exclusivo de estas empresas de Internet y de los organismos encargados de controlarlas», destacó, y agregó que «si esto no ocurre prontamente, deberemos preguntarnos por qué estas empresas no cumplen por tercera vez con las ordenes emanadas de la Sala II de la Cámara».

«Incurriendo sus responsables sin duda alguna en el delito de desobediencia», subrayó.

A finales de noviembre, el fiscal había deslizado la posibilidad de imputar a los directivos de las empresas que brindan Internet por el «delito de desobediencia», ya que al no bloquear los dominios que le exigía la justicia podrían estar cometiendo «el delito de encubrimiento».

A finales de enero, la justicia porteña dispuso la «prohibición absoluta de salida del país» a cinco directivos de Uber Argentina, por considerar «insuficiente» la «restricción de aviso» que ya se había dispuesto sobre ellos para cruzar las fronteras, en el marco de una causa por evasión fiscal agravada.

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