Microsoft demanda a empresa Uruguaya

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En una demanda inusual en Uruguay, Microsoft Corporation reclamó en el Juzgado Civil de 17° Turno a una importadora uruguaya una indemnización que podría alcanzar los US$ 400.000, tras alegar que ésta utilizó equipos y software sin pagar licencias. El juicio entró en su etapa final y la jueza civil Patricia Hernández se apresta a dictar la sentencia.

La demanda, a la que tuvo acceso El País, expresa que Microsoft Corporation es una sociedad comercial creada bajo las leyes de Estados Unidos y su objeto social es la producción y comercialización de programas de computación (software).

La empresa alegó que, de acuerdo a normas uruguayas y convenios internacionales firmados por Uruguay, para utilizar una obra se requiere la previa y expresa autorización del autor de la misma.

El 26 de mayo de 2016, se realizó una inspección judicial y peritaje en un local de la parte demandada ubicado sobre la avenida Eugenio Garzón donde se constató que de los 18 equipos inspeccionados, 16 funcionaban como PC de escritorio y dos como servidores, encontrándose en todos software de Microsoft.

Según la demanda, las licencias de uso y facturas presentadas por la compañía demandada ante la intimación practicada «no cubren» la totalidad de los programas instalados en la empresa. «Entonces, la parte demandada incurrió en un ilícito autoral y con ello generó daños derivados de la injusta privación de los derechos exclusivos de que es titular la parte actora, los que estimó en US$ 19.341», sostuvo Microsoft en su demanda.

Por concepto total de daños, Microsoft solicitó a la Justicia Civil de 17° Turno que se condene a la importadora al pago de la suma de US$ 232.251 más intereses, lo cual podría alcanzar los US$ 400.000.

La empresa uruguaya se defendió argumentando que desde hace 70 años funciona en el país y que en ese período no incurrió en la conducta tipificada por Microsoft.

También señaló que cumplió con la intimación que le fue realizada y aportó la prueba de que había comprado licencias de programas originales de Microsoft Windows y Microsoft Office.

Indicó que, si hubo algún error en el uso de los software, este no fue intencional y obedeció exclusivamente al asesoramiento y actuación efectiva de la empresa a quien se arrendó sus servicios informáticos.

La empresa acusada recordó que en 2010 y 2011 una asociación sin fines de lucro entre cuyos fundadores figura Microsoft, efectuó auditorías a todos sus equipos informáticos.

Tras advertir que denunció a la empresa que le brindó asesoramiento sobre informática, la importadora rechazó los montos reclamados por la compañía estadounidense. Posteriormente, pidió a la jueza Hernández que rechace la demanda.

Un decreto de la magistrada sostuvo que la empresa asesora también era parte del litigio entre Microsoft y la importadora y, por consiguiente, ordenó que la misma fuese notificada. Cabe la posibilidad de que esa empresa deba pagar parte o todo lo reclamado por Microsoft.

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