Gandini: “El artículo 733 algún día iba a caer, lo hicimos caer ahora”

 
La Cámara de Representantes está votando el articulado de la Rendición de Cuentas. A la hora de considerarse el artículo 15, que refiere al pago de las sentencias judiciales contra el Estado, y que involucra el pago de las sentencias a los funcionarios judiciales, el Frente Amplio contó con el apoyo del voto del Diputado Fernando Amado para lograr la mayoría necesaria para su aprobación.
El Diputado Jorge Gandini expresó a la prensa que la nueva redacción presentada “mejoró mucho, pero igual es inconstitucional, por eso no lo acompañamos.” Agregó que “igual perjudica a los funcionarios judiciales en su juicio, porque solo se aplicará cuando la sentencia sea mayor de USD 10 millones, que es el caso de los judiciales, pero por lo menos genera unos mecanismos diferentes.”
Destacó que la Cámara, además, y a propuesta de la oposición, logró derogar el artículo 733 aprobado en el  Presupuesto Nacional. “El artículo 733 era el que establecía que los juicios perdidos por el Estado, tenían que pagarse cuando el Ejecutivo entendiera que tenia recursos suficientes, y tenía que ponerlos en una Rendición de Cuentas o Presupuesto para ser aprobados. Por lo tanto, dependía de la voluntad del Poder Ejecutivo y que tuviera plata, y dependía de que el Parlamento, a su vez, otro poder del Estado, diera su voto.” Comentó que este artículo fue recurrido por los judiciales por inconstitucional. “No han logrado siquiera que se nombre un fiscal para esa causa, pero antes había sido recurrido por una funcionaria de ASSE y la Suprema Corte de Justicia le dio la razón y lo declaró inconstitucional para ella, no para todos. Quiere decir que ese artículo algún día iba a caer, pero lo hicimos caer ahora. Se va despejando el camino.”
En cuanto al artículo 15, Gandini indicó que “es una muy mala señal para los inversores. Le estamos dando un mensaje a los que vengan muy negativo. Las reglas tienen que estar claras. El Estado de Derecho tiene que funcionar y Uruguay tiene que ofrecer, como ofreció siempre, seguridad económica, seguridad institucional y política y seguridad jurídica. No ofrece seguridad jurídica un país que se protege a tal punto que, si comete un exceso o una irregularidad, va a un tribunal nacional o internacional y pierde, luego tenga el resguardo de una  ley interna que diga que no se va a pagar, o se va a pagar cuando quiera. Eso puede estar en la Constitución de Venezuela no en la de Uruguay”, declaró.
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