A partir de hoy 1° de julio los comercios que aceptan pagos con tarjeta de débito o dinero electrónico deberán exigir solamente el Código de Identificación Personal (pin, por su sigla en inglés) al momento de cobrar una venta
Así lo establece la última resolución del Banco Central (BCU) que en febrero había postergado esa medida por tres meses para que se adecuara la infraestructura tecnológica, dado que había comercios que no habían ajustado la programación de los POS y sus sistemas de facturación.
Los comercios deberán dejar de solicitar al tarjetahabiente la firma de un comprobante, que incluye datos como número de teléfono, domicilio y cédula de identidad.
Así queda restringido únicamente al PIN el requisito para compras por hasta 5.000 unidades indexadas (unos $ 18.170 a la cotización actual).
El comprobante que recibe el cliente incluirá en su diseño la inscripción: «No se requiere firma u otro tipo de datos personales».
Además, el cambio busca agilizar y dar mayor seguridad a la operativa con tarjetas de débito.
De hecho se habían constatado casos en donde no se solicitaba el PIN al cliente. Con la nueva reglamentación se contribuye a la seguridad, porque si la persona extravía la tarjeta tiene la tranquilidad que nadie la podrá utilizar en un comercio si no conocen el PIN.
La nueva disposición no rige para las operaciones con tarjeta de crédito o las compras que se realizan con medios electrónicos emitidos en el exterior.