“El apacible Olimar mirándome dulcemente,
es querencia de un ausente que solo sabe pensar:
¡Qué río para soñar, Olimar, tiene tu gente!
(estrofa de “Las dos querencias”, canción de Victor Lima)
ARROZUR pertenece a un grupo integrado por SAMAN, COOPAR S.A., CASARONE AGROINDUSTRIAL S.A. y ARROZAL 33 S.A., y en julio de 2016 presentó una solicitud de Autorización Ambiental Especial (AAE) para la construcción de un relleno sanitario para la disposición final de los residuos sólidos industriales generados en la línea de refinación de aceite. Es un estudio que consta de 68 páginas que acaba de llegar a la etapa de puesta de manifiesto el 27 de diciembre próximo pasado. Corre un plazo de 20 días hábiles para presentar objeciones.
Lo primero que llama la atención es la siguiente advertencia: “Dado que este documento se realiza en base a la información ya presentada, es necesario aclarar que puede contener información que esté desactualizada”. ¿Por qué no se actualizaron todos los datos la elaboración de este estudio? Es una pregunta pertinente.
La planta industrial de Arrozur S.A. se encuentra localizada en el padrón Nº 6.523, localidad de Villa Sara, sobre el río Olimar, a escasos 1.500 m de la ciudad capital Treinta y Tres, cuyas urbanizaciones están separadas por el mencionado curso de agua. La capacidad de procesamiento de arroz con cáscara de la línea de parbolizado es de 480ton/día (20 ton/hora), y actualmente se producen 140.000 toneladas de arroz parbolizado (la capacidad instalada es de 156.400 ton/año). La capacidad de producción de la línea de aceite es de 20 t/día y actualmente se producen 3.700 t/año de aceite. La relación de producción es de 1.000 kg de aceite cada 5.500 kg de afrechillo gordo procesado.
Cabe señalar que, si bien se tienen dos líneas de efluentes, la descarga al río se realiza en el mismo punto. (ver en el mapa adjunto los meandros que tiene el río inmediatamente después del punto de descarga. Este “rulo” que hace el cauce del Olimar obra como retenedor de gran parte de los residuos que se vuelcan ARROZUR y GALOFER a muy corta distancia aguas arriba)
El caudal total de la descarga de la planta industrial, incorporada la de Galofer S.A. (Generadora de energía eléctrica que pertenece al mismo grupo empresarial) es de 85 m3/h. ¡Ello significa que como promedio cada día el Olimar recibe más de dos mil metros cúbicos de residuos industriales procedentes de este complejo integrado por ARROZUR y GALOFER!
El estudio afirma no obstante que “en términos generales, el vertido no afecta la calidad de aguas del río Olimar; en los casos donde hay un deterioro de la calidad (entendida como que el valor de aguas abajo es mayor que el de aguas arriba), no se superan los límites correspondientes.” ¿Cuáles son esos límites? ¿Con que severidad y frecuencia se fiscalizan? Son preguntas que quedan planteadas.
El informe reconoce que “el manejo que se realiza actualmente con el sobrenadante de las fosas sépticas no es adecuado. También que “el manejo de aguas pluviales no es del todo adecuado”. Por otra parte “se ha identificado la necesidad de mejorar la infraestructura para el almacenamiento de algunas sustancias químicas, fundamentalmente en lo que refiere a estructuras de contención de derrames.” Al respecto asevera el informe: “La implementación de las medidas correctivas permitirán superar la mayoría de los impactos ambientales negativos que actualmente se han identificado.” Nótese que dice “la mayoría”, no todos los impactos negativos que se detallan. ¿Considerará suficiente eso la DINAMA?
En el capítulo “Clasificación de riesgos y posibles contingencias”, se enumera Incendios y explosiones, Fuga del tanque de hexano, Derrame de ácido sulfúrico. Derrame de hidróxido de sodio líquido, Derrame de hidróxido de sodio sólido, Derrame de ácido fosfórico, Derrame de cera, Derrame de combustibles. ¡Realmente son hipótesis inquietantes!
En los procesos realizados en la planta industrial se utilizan diversas sustancias químicas, cuyo manejo implica: recepción, almacenamiento, manipulación, transporte y despacho. Algunas de estas sustancias químicas son clasificadas por la ONU como sustancia peligrosas, entre ellas un Plaguicida a base de fosfuro de aluminio (Phostoxin), Fosfina, Hexano, Hidróxido de sodio, Ácido fosfórico, Ácido Sulfúrico, Sulfato de Aluminio. Ciflutrin (Solfac); Bendiocarb (Ficam) Isopropilamina de glifosfato (Roundup). Clorpirifos – metil. Deltametrina. Xileno. Emulsionantes (Rendal plus); Deltametrina (K-otrine FW 2,5).
Después de leer este informe, surge naturalmente la pregunta: ¿Por qué instalar una industria de éstas características al lado de un curso de agua tan importante como el río Olimar? ¿No sería más adecuado que este tipo de industrias se radicaran a mayor distancia también de centros poblados? ¿Debe primar la ecuación económica sobre el cuidado del ambiente y la salud de las personas?
Tratándose de un negocio que mueve tantos millones de dólares, también corresponden las preguntas: ¿Por qué las ganancias son para un pequeño grupo de empresarios que no vive en la zona y por tanto no asume personalmente el costo ambiental de su emprendimiento? ¿Es justo que la población de Treinta y Tres y Villa Sara carguen con el pasivo ambiental originado por empresas cómo éstas, conformándose solo con el acceso a unos pocos puestos de trabajo?
Adjunto también fotos de la descarga de residuos industriales que hacen ARROZUR y GALOFER al río. Obsérvese la turbiedad del líquido que depositan
Aníbal Terán Castromán