El episodio en cuestión se produjo en la madrugada del 10 de octubre, cuando dos delincuentes robaron un auto y una garrafa. Alertados por vecinos, policías comenzaron una persecución hasta el barrio Hipódromo, donde los ladrones hurtaron otro automóvil para continuar la fuga.
La determinación de procesar a los dos agentes policiales, fue tomada por el juez Letrado de 2º turno de Maldonado, Gerardo Fogliacco.
Los agentes ahora procesados (uno como autor de lesiones graves y otro como coautor) lograron cerrar la ruta al vehículo y dieron la voz de alto a los delincuentes, estos no detuvieron la marcha y los policías comenzaron a disparar.
Dos de las balas impactaron en la espalda del conductor del vehículo, uno de ellos se alojó en su columna vertebral, causándole parálisis de los miembros inferiores.
El juez menciona en su fallo el artículo de la Ley de Procesamiento Policial que señala: “no deberán emplearse las armas de fuego, excepto cuando una persona ofrezca resistencia armada al accionar policial, o ponga en peligro la integridad física o la vida del personal policial actuante o de terceros, y no se la pueda reducir o detener utilizando medios no letales”.
Los delincuentes que participaron en el hecho, fueron procesados con prisión por la presunta comisión de cuatro delitos de hurto especialmente agravados.
En el caso de los dos policías, G. V. y A. P. fueron procesados con prisión por la comisión de un delito de lesiones graves, el primero en calidad de coautor y el segundo como autor.